Porqué un hijo que se compra un piso junto con su pareja, y quiere dejarlo por testamento a su pareja, debe respetar la legítima de sus padres? Eso no es justo

Aquí va mi primera entrada en el caso que tengo HOY.


Viene una pareja "de hecho",  que no está casada (y aunque lo estuviera).
Quiere hacer testamento.

El ámbito territorial en que me encuentro está sujeto al Derecho Civil denominado común (Código Civil Español).

Y surge un problemón:
La pareja es joven, tienen unos 30 años. Los padres de los dos viven. No tienen hijos. Y quieren hacer testamento.

Se han comprado un piso y desean hacer testamento dejándose si les pasa algo el piso el uno al otro. Están pagando juntos un préstamo hipotecario que solicitaron para comprar el piso.
Tengo que informar de lo siguiente:
1.- El testamento es un acto personalísimo: no pueden hacer un testamento "conjunto" o "mancomunado". Cada uno ha de hacer su propio testamento.
2.- El testamento debe respetar la legítima de los legitimarios. Es decir: hay unas personas de la familia que por ley tienen derecho a heredar una parte.
Estas personas son:
1.- Siempre: los hijos o los nietos del hijo fallecido.
2.- Siempre el cónyuge (pero en usufructo, no en propiedad)
3.- Si no hay hijos: si no hay hijos, son legitimarios los PADRES o el padre que viva.  Y por una porción enorme: si el fallecido estaba casado, los padres tienen derecho a una tercera parte de la herencia. Y si no estaba casado, tienen derecho a LA MITAD de la herencia. Una barbaridad.

Volvemos al caso. Ponemos nombres a los comparecientes, Alicia y Bernardo.

Pregunta Alicia: yo quiero que mi parte del piso, si fallezco, vaya a Bernardo.

El modelo de testamento clásico de Alicia es:

1º.- Lega a sus padres lo que por legítima más estricta les corresponda, si existe legítima en la apertura de la sucesión y sobreviven a la testadora. (*nota: es que confío en que se suprima esta legítima, y no quiero que nadie, ni el más tonto, interprete que la legitima se lega si los padres han muerto antes: si los padres mueren antes que la testadora, desaparece la legítima de los padres, pero no está de más ponerlo porque aquí son bastante duros de mollera)
2º.- Lega a Bernardo cuantos derechos corresponden a la testadora (*la mitad indivisa ) en el piso sito en la Playa de Trandillo, Calle Buzo número 5 1º, respecto del que están abonando ambos un préstamo hipotecario obtenido para la adquisición del inmueble.
3º.-  Instituye heredero a Bernardo.
4º. Si la testadora tuviere hijos...  (aquí se pone una cláusula ya normal, porque con hijos vuelve todo a ser un poco más normal, desaparece la legítima de los padres, aunque entre los hijos también el asunto tiene su quid ).

Pero Alicia dice: es que yo SOLO TENGO MI MITAD INDIVISA DE ESE PISO,  no tengo más bienes, LO ESTAMOS PAGANDO JUNTOS, y quiero que VAYA A BERNARDO.

Me pregunto,  ¿qué podrá añadir o indicar Alicia  en el testamento para que quede clara la voluntad de Alicia de que  quiere que el piso vaya a Bernardo, porque lo han comprado juntos, lo están pagando juntos, están poniendo una caja común,  y las alegrías y las tristezas y los apoyos morales y la pareja está por encima del derecho -injusto- económico que puedan ejercitar los padres, que nada tienen que ver con esa relación?
Todavía el Derecho positivo no ha resuelto claramente esta cuestión.

Una solución:


-2 º Lega a Bernardo cuantos derechos corresponden a la testadora en el piso sito en la Playa de Trandillo, Calle Buzo número 5 1º.  respecto del que están abonando ambos un préstamo hipotecario obtenido para la adquisición del inmueble.
 Ordena que los derechos que corresponden a la testadora sobre dicho inmueble se adjudiquen íntegramente a Bernardo, sin que éste deba abonar ninguna cantidad a los legitimarios, pues se ha creado entre la testadora y su citada pareja una relación de comunidad que trasciende el derecho sobre el inmueble y, de sus relaciones internas, y frente a los terceros, se ha generado un crédito a favor de Bernardo  por el importe de la parte pagada por la testadora en su mitad del piso,  deuda de la testadora que quedará extinguida con la entrega del piso, bien entendido que Bernardo continuará abonando  el resto de lo que se deba de pagar por la hipoteca (el préstamo hipotecario).



Si alguien tiene otra solución, agradezco que la comparta.
Un saludo






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